Boletín de noticias

jue

05

ene

2012

Prisión por omitir presentar declaraciones durante un año

Derivado de las modificaciones al artículo 109 del código fiscal de la federación que entra en vigor a partir del 01 de enero de 2012, la omisión en la presentación de las declaraciones durante un periodo de 12 meses (1 año) puede ser considerado igual al delito de defraudación fiscal el cual según el artículo 108 del código se castiga con prisión de:

 

  • Tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $ 1,221,950.00

 

  • Dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $ 1,221,950.00 pero no de $1,832,920.00.

 

  • Tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $ 1,832,920.00.

 

Cabe mencionar que cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión.

 

Por último las reformas también incluyen dentro de las modificaciones equiparar el delito de defraudación fiscal cuando los contribuyentes hayan deducido comprobantes que no reúnen requisitos fiscales, mismos que disminuyen la base para el cálculo de los impuestos.

 

Art. 109 CFF

Escribir comentario

Comentarios: 0

  • loading